Condiciones y términos de la prestación del servicio
1. Condiciones de la prestación del servicio
La empresa FULL EXPRESS, S.L., con CIF: B60078698 y sede fiscal en la calle Duero nº 62 de Terrassa, Barcelona (en adelante "LA COMPAÑÍA"), presta el servicio de recepción, transporte y entrega de paquetes que le han sido entregados por sus clientes, dirigidos a sus destinatarios. A no ser que se estipule algún servicio especial, el servicio que prestará LA COMPAÑIA se limita a la recogida, transporte y entrega del envío al destinatario final o al agente subcontratado para dicha función. El remitente conviene en que los envíos se juntarán con aquéllos de otros remitentes para el transporte, y que LA COMPAÑIA pudiera no controlar los movimientos de llegadas y salidas de envíos individuales en todos los centros de manipulación. 1.1 Según el tipo de servicio prestado, las tasaciones en peso y volumen pueden variar (Condiciones Generales Servicio). 1.2 No serán aceptadas las entregas en Apartados de correos. 1.3 LA COMPAÑÍA se reserva el derecho de elegir el medio de transporte mas adecuado. 1.4 LA COMPAÑIA puede contar con subcontratistas con el fin de realizar servicios y contratos, tanto en su nombre como en nombre de sus empleados, agentes y subcontratistas, los cuales se beneficiarán de lo pactado en los presentes términos. 1.5 Los servicios prestados por LA COMPAÑÍA, se regirán por las presentes Condiciones Generales y estarán sometidos a las normas contenidas en los Convenios Internacionales y demás legislación vigente. La mera utilización de los servicios de LA COMPAÑÍA implica la aceptación por parte del usuario de las presentes Condiciones Generales y de las tarifas en vigor en el momento de la prestación de servicio.2. Tarifas
Los servicios de transportes y conexos prestados por LA COMPAÑIA al amparo de las presentes normativas serán facturados de acuerdo con las Tarifas en vigor en el momento de su realización, comprometiéndose LA COMPAÑIA a dar adecuada información de las mismas y de sus posibles modificaciones. El precio del transporte se calculará con arreglo a nuestras Tarifas vigentes en el momento de su realización, aplicando la que corresponda a su Envío o, en su caso, de acuerdo con las Tarifas que hayan sido acordadas con El cliente, de forma particular para sus envíos con origen España. Todos los derechos de importación, IVA sobre la mercancía y todos los demás cargos devengados con ocasión del Envío deberán ser abonados a la entrega. Si quien recibe el envío se negara a pagar, El cliente acuerda abonar esta cantidad en su totalidad dentro de los 7 días de que le notifiquemos que quien recibió el envío no ha pagado. En la aplicación de las tarifas, el resultado de un tramo superior no podrá nunca ser menor del resultado máximo del tramo inferior. Las tarifas aplicables a los envíos se basan, bien en el peso real total del envío, o bien el peso volumétrico total del envío, aplicándose finalmente la mayor de estas dos magnitudes, calculando esta de acuerdo con la ecuación de conversión volumétrica establecida para cada servicio requerido por el cliente. Los precios indicados en nuestras tarifas son sin incluir el impuesto que fuere de aplicación. LA COMPAÑIA aplicara un suplemento de carburante adicional a la tarifa de transporte. Este suplemento es variable y esta referenciado al precio mensual del petróleo. El índice aplicable cada mes será comunicado a través de nuestro apartado de información sobre cargo de combustible en nuestra Web. 2.1 Las Tarifas están siempre basadas en la relación genérica de 1 m3 = (Según tipo de servicio prestado), con redondeo al escalado superior (Ver apartado 3). 2.2 Las Tarifas incluyen las recogidas y / o entregas domiciliarias normales, entendiéndose por tales las efectuadas en los desplazamientos o turnos normales de los vehículos y sin precisar medios excepcionales. Tales servicios se entienden a efectuar en las plantas bajas del domicilio o lugar de origen y / o destino de las mercancías. Las recogidas que por su urgencia o circunstancias especiales hayan de efectuarse fuera de los desplazamientos normales del vehículo, serán facturadas adicionalmente. Las Tarifas incluyen el trayecto internacional, el pasaje por los almacenes y en algunos casos, las recogidas o entregas, dependiendo de los acuerdos estipulados con cada cliente. Estas habrán de realizarse en plantas bajas, a pié de camión, correspondiendo efectuar las operaciones de carga, estiba o descarga al personal del remitente/destinatario. Igualmente se excluyen los gastos de despacho y tasas. 2.3 Los almacenajes en origen/destino superiores a 3 días se facturarán separadamente, según las tarifas en vigor por tal concepto al igual que los gastos de descarga/carga, permanencia en almacén y posterior entrega de aquellos envíos que, programados para su entrega directa, hubieren de ser almacenados para ser librados posteriormente. 2.4 Servicios extra tales como mozos, camiones-plataforma, grúas, etc. serán facturados separadamente. 2.5 Tales Tarifas son de aplicación a los servicios regulares, no urgentes. Los precios de estos últimos deberán ser convenidos y confirmados por escrito caso por caso.3. Relación peso/volumen
Las Tarifas están siempre basadas en la relación genérica de 1 m3 = (Según el tipo de servicio prestado) CARRETERA/GRUPAJE 1m3 = 333 Kg CARGA AEREA 1m3 = 167 Kg SERVICIOS EXPRESS 1m3 = 200 Kg SERVICIO EUROEXPRESS / UNIPACK 1m3 = 250 kg SERVICIO NACIONAL TERRESTRE: 1 m3 = 250 Kg Si el volumen, incluido embalaje, excede de tal proporción, se facturará por Kg tasable, es decir, por el peso que resulte de aplicar tal relación genérica.4. Mercancias
4.1 Contenido y naturaleza LA COMPAÑIA ignora el contenido de los bultos, para lo que se remite a la declaración que, bajo su exclusiva responsabilidad, formule el remitente, no asumiendo responsabilidad alguna respecto al real contenido de los mismos. Los gastos/indemnizaciones/penalidades derivados de la inexactitud o deficiencia de los datos facilitados por el expedidor serán de la exclusiva responsabilidad de éste. 4.2 Mercancías sin embalaje o no apilables (remontables) LA COMPAÑIA deberá ser informada previamente por escrito sobre tales mercancías, reservándose el derecho a aceptar o rechazar su transporte, así como el precio a aplicar en el supuesto de las no apilables. En todo caso y, conforme al Convenio CMR, queda excluida la responsabilidad de LA COMPAÑIA en el caso de mercancías no embaladas o con embalaje insuficiente o no apropiado para soportar los riesgos inherentes al transporte. 4.3 Mercancías peligrosas Salvo aceptación expresa y por escrito, LA COMPAÑIA no acepta el transporte de mercancías A.D.R. 4.4 Mercancías con características especiales LA COMPAÑIA deberá ser informada previamente sobre las características especiales de cualquier mercancía, reservándose, en todo caso, la aceptación o no de los mismos y la Tarifa a aplicar será la normal con el incremento que, en cada caso, se convenga. A) Mercancías normalizadas. Se entienden por tales: • Los bultos no paletizados que no excedan de 30 Kg por bulto. • Los bultos paletizados que no excedan de 1.000 Kg por palet. En ambos casos las dimensiones de los bultos deberán ser normales. B) Mercancías especiales. Entendiéndose por tales: • Los bultos no paletizados que excedan de 30 Kg por bulto. • Los bultos paletizados cuando el peso de cada palet exceda de 1.000 Kg. • Aquellos que por sus medidas excepcionales, requieran un tratamiento y transporte específicos. 4.5 Mercancías excluidas En todo caso, se excluyen de nuestro transporte y responsabilidad, las siguientes mercancías: Perecederas, refrigeradas, animales vivos, cristalería fina, metales preciosos, monedas o billetes de banco, loterías, quinielas, joyas, piedras preciosas, perlas verdaderas, valores y documentos, objetos de arte o de valor artístico, colecciones, explosivos, radioactivos, otros tipos de peligrosos, drogas (salvo las manufacturadas definidas como tales en los vademécumes de farmacia), materiales de la construcción en polvo o graneles, y transportes especiales de mercancías que estén obligadas a ello, quedando excluida cualquier responsabilidad de LA COMPAÑIA al respecto. 4.6 Mercancías excluidas del régimen de Paqueteria Internacional 1) - Envíos superiores a 30 Kg 2) - Bultos superiores a 1'75 m de longitud o expediciones superiores a un volumen total de 0'216 m3. 3) - Mercancías con entrega condicionada o reembolsos, cheques, etc. 4) - Mercancías a portes debidos 5) - Mercancías de importación.5. Documentación y etiquetado
5.1 Reglas generales 5.1.1 Todo envío deberá ir acompañado de las pertinentes instrucciones por escrito a LA COMPAÑIA así como de la documentación necesaria, incluyéndose, para las expediciones para países no comunitarios, facturas para efectuar los despachos en origen/destino, aún tratándose de muestras sin valor. 5.1.2 LA COMPAÑIA facilitará a sus clientes, si éstos se lo solicitan, modelos de instrucciones de expedición, así como el albarán a rellenar por el expedidor. 5.1.3 Tanto en las instrucciones de envío como en el albarán y demás documentación, así como en las etiquetas de los bultos deberán constar claramente el nombre y dirección del destinatario, lugar de entrega y teléfono. 5.1.4 LA COMPAÑIA no responderá de los daños y perjuicios que se deriven de una información, documentación o etiquetado incorrecto. 5.2 Envíos condicionados (C.O.D.) En aquellos envíos cuya entrega al destinatario esté condicionada a la remisión por parte de éste de cheque, letra aceptada, acreditativo de transferencia o similar, ello ha de ser indicado previamente por escrito a LA COMPAÑIA y consignarse de forma expresa en las instrucciones del envío, especificando claramente el condicionado. LA COMPAÑIA se reserva el derecho a aceptar o rechazar tales envíos. Por dicha gestión LA COMPAÑIA facturará al cliente un porcentaje convenido sobre el peso/valor de la partida, en concepto de gestión de cobro. En los envíos C.O.D. de importación no se liberará la mercancía hasta disponer del condicionado requerido. En todo caso, LA COMPAÑIA quedará relevada de toda responsabilidad por la falta de autenticidad o bondad del documento exigible, salvo probada mala fe o negligencia inexcusable por su parte. 5.3 Recomendaciones para el buen funcionamiento del Apartado 5 5.3.1 Todos los envíos, ya sean documentos o muestras, deben estar bien embalados para su seguridad. 5.3.2 Quitar las etiquetas viejas de la caja o sobre que se va a utilizar. 5.3.3 Asegúrese de que las direcciones y el tipo de servicio requerido están bien remarcados en el albarán. 5.3.4 Usar cajas, sobres o tubos que estén en buen estado. 5.3.5 Emplear sobres grandes para cualquier carta o documento. Esto facilita el control y el manejo de sus envíos. 5.3.6 Consultar siempre a nuestro Departamento de Atención al Cliente acerca del embalaje o de posibles restricciones si quiere mandar mercancías potencialmente conflictivas.6. Los plazos de entrega
Los plazos de entrega fijados son siempre orientativos y en ningún caso serán de aplicación de mediar trámites administrativos o aduaneros, o de no acompañarse la documentación necesaria en ciertos casos, por ejemplo en los envíos de bebidas alcohólicas. Tales plazos no serán de aplicación en los periodos vacacionales (Semana Santa, verano, Navidad, etc.). Para facilitar el cumplimiento de tales plazos, la mercancía debe ser posicionada en LA COMPAÑIA antes de las 17 horas si está destinada a algún país de la U.E., y durante la mañana si está destinada a países de E.F.T.A. o no comunitarios o si están sujetas a liquidación de impuestos especiales, como tabaco o licores. Para partidas de un peso/volumen importante deberá avisarse previamente a LA COMPAÑÍA si se desea garantizar la salida prevista. Las salidas/llegadas de países no relacionados en la "Guía de Servicios de LA COMPAÑIA" deben ser consultadas previamente. En ningún caso puede entregarse mercancías en los almacenes de LA COMPAÑIA después de las 18 horas. 6.1 Cuando la recogida la realice personal de LA COMPAÑIA La entrega de los paquetes se efectuará a LA COMPAÑÍA en el momento en que se persone su representante en el lugar que ha sido requerido por el CLIENTE. A los efectos de asegurar la diligencia y mejor funcionamiento de los servicios se efectuará al CLIENTE un recargo adicional de acuerdo con las tarifas vigentes en cada momento, por cada espera superior a cinco minutos, (En caso de Documentos ó Paquetería) y superior a diez minutos, (En caso de Mercancía). 6.1.1.Pasado el horario de recogidas de LA COMPAÑÍA Si el cliente solicitase recogida para ese mismo día, seria tratado como un servicio especial y facturado por separado (Ver apartado 2).7. Responsabilidad de LA COMPAÑÍA
La responsabilidad de LA COMPAÑIA se ajustará, en todo caso, a las condiciones y límites de los convenios internacionales, cuando la responsabilidad derive de hechos o actos ocurridos durante la ejecución del transporte, si en ella hubiera que subrogarse LA COMPAÑÍA, en ningún caso podrá exceder del que asuman frente al mismo las compañías de ferrocarriles, de navegación, aéreas, de transporte por carretera, de almacenes de depósito, o de cualquier intermediario que intervenga en el transcurso del transporte. 7.1) - Exclusiones LA COMPAÑÍA, no será responsable de daños consecuenciales tales como pérdidas de oportunidades de negocio, perdida de pedidos o ingresos, desplazamientos, perdida de mercado, perdida de reputación, perdida de clientes, perdida de uso, etc., o extraordinarios ni por lucro cesante. Así mismo, tampoco será responsable de la pérdida, daño, demora o entrega incorrecta de la mercancía como resultado de:- Circunstancias más allá del control de LA COMPAÑÍA.
- Catástrofes naturales, que incluyen: terremotos, ciclones, tormentas, inundaciones, fuego, enfermedad, niebla, nieve o hielo.
- Fuerza mayor, que incluye: guerra, accidentes, terrorismo, huelga embargos, peligros del aire, disputas locales o disturbios civiles.
- Alteraciones nacionales o locales en las redes de transporte aéreo o terrestre, problemas mecánicos en los modos de transporte o maquinaria.
- Defectos latentes o vicios inherentes del envío.
- Actos u omisiones de funcionarios o empleados de aduanas, líneas aéreas, aeropuertos o gobiernos.